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Si a usted le están remunerando incorrectamente sus horas de trabajo, es víctima de explotación o discriminación en su sitio de empleo, y si usted necesita una eficaz y agresiva representación legal para proteger sus derechos como empleado, nosotros podemos ayudarle.

En Virginia & Ambinder, LLP, hemos representado y luchado por los derechos de los trabajadores, sin importar su estatus migratorio, por más de dos décadas. Representamos a trabajadores que lleven a cabo labores en cualquier tipo de industria. Abarcamos las jurisdicciones, especialmente pero no exclusivamente, de los Estados de Nueva York, Nueva Jersey.

Hemos representado exitosamente a trabajadores por mas de veinte años.

Nuestra firma defiende casos que involucran:

  • Deducciones automáticas en los salarios por recesos de almuerzos que, de hecho, no son utilizado
  • Horas y Salarios – faltas de pago de salarios mínimos y de horas extras por horas que han sido trabajadas dentro y adicionales a las 40 horas en una semana
  • Recuperar salarios a tarifa de Salarios Prevalecientes
  • Faltas de pago por horas trabajadas, antes y/o después del horario de trabajo.
  • Clasificación errónea como empleados asalariados para evitar el pago de horas extras u “overtime”
  • Clasificación errónea de empleados como contratistas independientes
  • Discriminación
  • Despido Injustificado
  • Acoso Sexual 

 

Nuestra firma representa a trabajadores en todo tipo de empleos e industrias, entre ellos:  construcción; recolección de basura, desechos o reciclaje; restaurantes, salones de uñas, cajeros, supermercados, enfermeras, asistentes de salud a domicilio, asistentes domésticas y tintorerías y muchos más.


P: ¿Cual es el salario mínimo actual en el estado de Nueva York?
R: Para la mayoría de trabajadores, el salario mínimo es $15.00 por hora. No obstante, hay algunas excepciones, como por ejemplo meseros y meseras, trabajadores de comida rápida, conductores de taxi, conserjes, y demás empleos.

P: ¿Cuál es el salario mínimo para los trabajadores de comida rápida en Nueva York?
R: El salario mínimo actual para los trabajadores de comida rápida en la ciudad de Nueva York con 30 o más localidades es de $15.00 por hora y para los trabajadores de comida rápida en el Estado de Nueva York con 30 o más localidades es de $13.75 por hora.

P: ¿Cuando se me deben pagar horas extras u “overtime”?
R: Con muy pocas excepciones, todos los empleados que trabajan más de 40 horas a la semana deberán ser remunerados por cada hora adicional a la tarifa de horas extras u “overtime”—esa tarifa es una vez y media de salario regular por hora.

P: ¿Puedo demandar si me pagaban en efectivo solamente?
R: Si.

 P: ¿No tengo documentos en este país, puedo demandar por salarios no pagados o discriminación (y acoso sexual)?
R: Si. El estatus migratorio del trabajador reclamante es totalmente indiferente para este tipo de reclamos. Con documentos o sin documentos usted puede llevar a cabo un reclamo.  De hecho, la legislación en Nueva York prohíbe al demandado (su empleador) o autoridad judicial (Juez) hacer preguntas relacionadas con el estatus migratorio del reclamante (trabajador).

P: ¿Cuanto tiempo tengo para iniciar una demanda por salarios no pagados?
R:  Los plazos correrán a partir del momento que se cometió la infracción legal salarial. Según la ley federal tiene dos años para comenzar una demanda por salarios no pagados y bajo ciertas circunstancias hasta tres años.  Bajo la ley Laboral del Estado de Nueva York, tiene el plazo de seis años. Bajo la ley Laboral del Estado de Nueva Jersey tiene dos a tres años para llevar a cabo un reclamo por salarios no pagados (al momento de redacción de este apartado)

P: ¿Cuánto tiempo tengo para iniciar una demanda por discriminación y acoso sexual?
R: El plazo corre a partir del momento que se cometió el acto discriminatorio o de acoso sexual. Bajo la ley estatal de Nueva York tiene tres años para interponer su reclamo. Bajo la ley de Nueva Jersey tiene dos años.

P: Me deben pagar los días que no asisto al trabajo por enfermedad?
R: En la ciudad de Nueva York, a partir del 1 de julio de 2014, se pagará un máximo de 5 días de ausencia en el trabajo por enfermedad. Este beneficio será aplicado únicamente en aquellas compañías donde laboren más de 5 trabajadores.

Hable con uno de nuestros profesionales calificados.

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